El Observatorio 4 (diciembre 2025) 25-40
La incorporación de elecciones internas abiertas bajo
la lógica de “dos institucionalismos1
Incorporating Open Primaries Under the “Two Institutionalisms
Framework
Fernando Domínguez Sardou
UNIE Universidad, Madrid, España,
Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino, Tucumán, Argentina
fernando.dominguez@universidadunie.com
fernando.dominguez@unsta.edu.ar
ORCID: https://orcid.org/0000-0001-5522-494X
1 El autor agradece los comentarios de Carlos Acuña (†), Adriana Gallo, Facundo Galván y
Gloria Ochoa. Los errores, en caso de haberlos, son de exclusiva responsabilidad del autor.
Abstract: is article explores why some states
adopt state-regulated open primary or internal
election processes to select candidates for public
oce and which theoretical approach better ex-
plains this institutional change. Using Argenti-
na and Uruguay as comparative case studies, it
examines the introduction of Argentinas PASO
and Uruguay’s internal elections, focusing on
party system fragmentation and on the incenti-
ves faced by governing parties when their hold
on power is challenged. e analysis contrasts
two strands of institutionalism: Historical Ins-
titutionalism, which stresses path dependence,
institutional legacies and self-reinforcing dy-
namics, and Rational Choice Institutionalism,
which highlights strategic actors, cost-benet
calculations and external shocks as triggers for
reform. e paper argues that Rational Choi-
ce Institutionalism provides a more accurate
account of why open and mandatory internal
elections were incorporated into the electoral
rules in both countries, while acknowledging
that this explanation must be complemented
with historical and contextual factors in order
to understand how institutions both constrain
and are reshaped by political actors.
Resumen: Este trabajo se pregunta por qué al-
gunos Estados incorporan elecciones internas
abiertas, reguladas por el Estado, para seleccio-
nar candidatos a cargos públicos y qué marco
teórico permite comprender mejor ese proce-
so. A partir de los casos de Argentina y Uru-
guay, se analizan las reformas que introducen
las PASO argentinas y las elecciones internas
uruguayas, atendiendo tanto a la fragmen-
tación partidaria como a los incentivos que
enfrentan los ocialismos cuando perciben
amenazas a su continuidad en el poder. El ar-
tículo contrasta dos enfoques del instituciona-
lismo: el Institucionalismo Histórico, centrado
en trayectorias, path dependence y legados
institucionales, y el Institucionalismo de la
Elección Racional, que enfatiza actores estra-
tégicos, cálculos de costo-benecio y shocks
externos como disparadores del cambio de re-
glas. Se argumenta que este último ofrece una
explicación más precisa de la incorporación de
internas abiertas obligatorias, aunque requiere
ser matizado por consideraciones históricas y
contextuales para captar plenamente el modo
en que las instituciones condicionan y, a la vez,
son moldeadas por la acción de los actores.
26 El Observatorio 4 (diciembre 2025) 25-40
Domínguez Sardou
Introducción
¿Por qué algunos Estados incorporan procesos de elecciones internas
abiertas para seleccionar a sus candidatos a cargos públicos? Si bien el pre-
sente trabajo no buscará dar respuesta a esta pregunta, intenta hacer una revi-
sión y discusión conceptual que permita cimentar teóricamente una posible
respuesta a la misma.
Para comprender la relevancia de la pregunta inicial, es necesario indagar
sobre los dos casos más representativos: Argentina y Uruguay. En Argenti-
na, el ocialismo liderado por Néstor Kirchner, con manejo de la estructura
partidaria formal del Partido Justicialista, sufre una derrota en las elecciones
legislativas de 2009 a manos de una coalición que incluía prominentes li-
derazgos peronistas disidentes (como Francisco de Narváez y Felipe Solá),
hecho que no es una novedad en el sistema partidario argentino, dado que
existen incentivos que facilitan una mayor fragmentación, particularmente a
partir de la división transitoria del peronismo (Galván, 2009, 2010; Domín-
guez Sardou, 2015a; Mustapic, 2013) A partir de este resultado, el gobierno
impulsó una modicación en el sistema electoral argentino introduciendo
las elecciones “Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias” (P.A.S.O.):
toda lista que quiera presentarse en elecciones para Presidente y Vice, Sena-
dores Nacionales y Diputados Nacionales, deberá presentarse previamente
en una elección y enfrentarse a los otros candidatos que se presenten por su
partido o alianza, así como también, en caso de no tener contrincantes inter-
nos, también se deberá presentar en la elección, y obtener al menos el tres
por ciento (3 %) de los votos válidos emitidos en el distrito para el cual se
presentase para poder participar en la elección general (Domínguez Sardou,
2015a, 2015b, 2016). Este mecanismo, hasta las últimas elecciones presi-
denciales que tuvieron lugar en el año 2023, se encontraba vigente. En Uru-
guay, por su parte, las elecciones internas surgen en el proceso de reforma
constitucional que concluye en 1996, tras el ascenso del Frente Amplio y el
declive del otrora bipartidismo tradicional (Gallo, 2018). En estas elecciones
internas, a diferencia de las argentinas, los uruguayos solo eligen a los can-
Palabras clave: elecciones internas, eleccio-
nes primarias, institucionalismo, institucio-
nalismo histórico, elección racional.
Keywords: internal elections, primary elec-
tions, institutionalism, historical institutio-
nalism, rational choice.
27
El Observatorio 4 (diciembre 2025) 25-40
La incorporacion de eleciones internas abiertas bajo la lógica de “dos institucionalismos
didatos a Presidente de las distintas fuerzas políticas que deseen participar
en las Elecciones Nacionales, pero también eligen a los órganos partidarios
encargados de determinar quiénes serán los candidatos a Presidente, si éstos
no hubieran obtenido una mayoría en su fuerza política1, los candidatos a
Vicepresidente y los candidatos a Intendentes en los distintos departamentos
(Altman, 2012).
Si entendemos a las instituciones como el conjunto de reglas que apuntan
a resolver problemas de coordinación y conictos distributivos en una socie-
dad (Acuña y Chudnovsky, 2013, p. 49), y en última instancia, la aceptación
de las elecciones como “un método para procesar conictos” —donde las re-
glas compartidas y aceptadas por todos los actores construyen un eje central
para su sostenimiento—, y donde la aceptación de los resultados sirve para
mantener un “conicto regulado” (Przeworski, 2019, pp. 141-146), resulta
evidente la utilidad de trabajar la incorporación de nuevas reglas electorales
bajo una óptica institucionalista. Considerando el rol que la evolución histó-
rica del funcionamiento de los sistemas partidarios pareciera haber tenido en
el cambio de las reglas, resulta pertinente analizar la pregunta bajo la óptica
del “Institucionalismo Histórico”; mientras que, considerando la aparente
necesidad de acuerdos que lograron ciertos actores para intentar mantener su
supervivencia o liderazgo en el sistema, resulta pertinente analizar la cues-
tión bajo la óptica del “Institucionalismo de la Elección Racional”.
El trabajo constará de tres secciones: en la primera sección se analizarán
las lógicas y las diferencias entre los dos enfoques planteados —partiendo de
la consideración que hacen estos dos enfoques respecto a los cambios en las
instituciones—; en la segunda sección, se intentará analizar las fortalezas y
debilidades de cada uno de estos enfoques teóricos frente a la pregunta plan-
teada; mientras que en la tercera, se buscará señalar, a modo de conclusión,
cuál de estos dos enfoques teóricos resulta el más adecuado para estudiar el
problema y por qué.
1
Un precandidato presidencial obtiene la mayoría con el 50 % de los votos, o el 40 % y 10 puntos de
ventaja sobre el segundo; si esto no ocurriese, son los Órganos Deliberativos Nacionales los que eligen
a los candidatos de la fuerza política.
28 El Observatorio 4 (diciembre 2025) 25-40
Domínguez Sardou
Las divergencias entre el “Institucionalismo de la Elección Racional” y el
“Institucionalismo Histórico
Para el “Institucionalismo de la Elección Racional” o “Neoinstitucionalis-
mo, siguiendo a Acuña y Chudnovsky (2013, pp. 65-66), “las instituciones
son reglas que tienden a perdurar salvo que fallen (…), o porque existe un
shock externo’ que modica las condiciones iniciales. A su vez, estas reglas
resuelven problemas de coordinación” (North, 1990, en Acuña y Chudno-
vsky, 2013) o bien “sostienen equilibrios” (elen, 1999, p. 369). Los institu-
cionalistas de la elección racional, de acuerdo con Hall y Taylor (1996, pp.
12-13), presentan cuatro características centrales:
1) Emplean determinadas asunciones teóricas, asumiendo que en general
los actores relevantes tienen un conjunto jo de preferencias o gustos.
2) Tienden a ver la política como una serie de dilemas de acción colectiva
(es decir, como instancias en las que, si los individuos actúan para maxi-
mizar el logro de sus propias preferencias, producirán un resultado que
es subóptimo), en las que los actores no siguen una solución colectiva,
debido a la ausencia de arreglos institucionales que garanticen un com-
portamiento equivalente en los demás actores.
3) Enfatiza en el rol de la interacción estratégica en la determinación de
los resultados políticos: la conducta de los actores está guiada por un cál-
culo estratégico, que se ve afectado por las expectativas respecto a cómo
se comportarán los demás.
4) Explican el origen de las instituciones a partir de las ganancias que la
cooperación le genera a los actores, dejándonos así entender que surgen
por un acuerdo voluntario entre las partes; y sobreviven porque generan
más benecios para los actores relevantes, que otras formas institucio-
nales alternativas. Desde esta visión, las instituciones resultan funcionales
a los actores (elen, 1999, pp. 378-9).
El rol de las instituciones, en este contexto, como se señaló anteriormen-
te, es el de resolver problemas de coordinación, y lo logran al “estructurar las
interacciones” (Hall y Taylor, 1996, p. 12) entre los actores, “constriñendo
las secuencias de interacción entre los actores, las opciones disponibles y
la estructura de información y sus modelos subjetivos, así como los pagos
29
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La incorporacion de eleciones internas abiertas bajo la lógica de “dos institucionalismos
a los individuos y grupos” (Acuña y Chudnovsky, 2013, p. 65). Desde esta
perspectiva, podríamos redenir a las instituciones como un “contexto es-
tratégico” en el que los actores diseñan mecanismos óptimos y los medios
para lograr sus nes, y a su vez, éstas, condicionan el comportamiento de
los agentes en sus relaciones, limitando sus opciones de acción (Zurbriggen,
2006, p. 69).
Sin embargo, los actores pueden transformar este contexto estratégico
con sus acciones, aunque tengan un cierto límite dado por las estructuras o
reglas y por los contextos en que habitan (Zurbriggen, 2006, p. 81). No obs-
tante, algunos críticos de estas teorías van a sostener que esta transformación
tiene otros límites: en realidad, son los mismos modelos imperfectos los que
guían nuestras acciones, y los costos de transacción —es decir, los costos
de medir y de hacer cumplir los acuerdos— entre los actores son elevados
(North, 1998, pp. 100, 106). Sin embargo, pese a esta crítica, la suma de los
resultados de decisiones individuales eventualmente y a través del tiempo,
logra alterar el marco institucional (North 1998, p. 110)2
El institucionalismo de la elección racional entonces, les asigna un rol
central a los actores, y es en su capacidad de actuar estratégicamente donde
se pone la mira: los estudios basados en este enfoque teórico se sostienen
con casos particulares, y “micro-fundamentados” (Thelen, 1999, p. 377). Las
explicaciones de esta teoría parten desde la formación de preferencias, las
que se pueden vericar en la evidencia empírica: suelen partir de teorías pre-
existentes, en las que el comportamiento se desvía de lo que éstas predicen
(Thelen, 1999). El proceso de formulación de hipótesis en esta perspectiva
teórica es, por ende, deductivo.
El “institucionalismo histórico”, por su parte, considera a las institucio-
nes como los procedimientos, rutinas, normas y convenciones formales o
informales que se encuentran insertas en la estructura organizacional de la
política (Hall y Taylor, 1996, p. 6), es decir, que “acotan la racionalidad de
los actores” —a diferencia de lo que ocurre en el institucionalismo de la
2
Aunque a simple vista esta cita guarde mayor similitud con el institucionalismo histórico,
como se verá más adelante, es relevante porque nos expresa dos cuestiones importantes a la
hora de considerar al individualismo de la elección racional: incluso cuando los actores no
sean plenamente conscientes del resultado, dada su capacidad de decidir estratégicamente —
aunque con información imperfecta—, pueden incidir en una transformación de las institu-
ciones.
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Domínguez Sardou
elección racional. Estas instituciones tienden a perdurar, incluso cuando sean
inecientes, ya sea por costumbre; porque generan ganadores interesados en
mantenerlas —logrando que los actores adapten sus estrategias de manera
que refuerzan la lógica del sistema (Thelen, 1999, p. 392) y reproduciendo
patrones especícos de distribución de poder (Thelen, 1999, p. 394) —; o
también porque generan nuevos interesados que por las mismas ganancias se
movilicen para sostenerlas (Acuña y Chudnovsky, 2013, p. 66).
Este enfoque, de acuerdo con Hall y Taylor (1996, pp. 7-10), presenta
cuatro características centrales:
1) Tiende a conceptualizar la relación entre las instituciones y el compor-
tamiento individual en términos generales: las instituciones estructuran
el conjunto de las opciones que tienen los individuos, ya que le dan los
ltros de interpretación no solo de la situación, sino de los individuos
en sí mismos, a partir de los que construyen sus cursos de acción (Hall y
Taylor, 1996, p. 8).
2) Enfatizan las asimetrías de poder asociadas con la operación y el de-
sarrollo de instituciones. En general, los institucionalistas históricos,
asumen —y suelen analizar cómo— existen algunos grupos que ganan y
otros que pierden, en función del entramado institucional en un determi-
nado contexto (Hall y Taylor, 1996, p. 9).
3) Tienden a tener una visión del desarrollo institucional que enfatiza el
path dependence y las consecuencias no buscadas. En palabras de Acuña
y Chudnovsky (2013, p. 66), “suelen producirse efectos no esperados y,
una vez que las instituciones se crean, aunque ya no cumplan el objetivo
para el que fueron creadas, tienden a persistir debido a que, cuando los
actores se adaptan e invierten recursos en ellas, se resisten a cambiarlas.
Esta “dinámica de los procesos de retroalimentación positiva en un siste-
ma político” es lo que denominamos path dependence (Pierson y Skocpol,
2008, p. 13). Una vez que este proceso ha comenzado, siguiendo a estos
autores, resulta difícil revertirlo, independientemente de los efectos no
deseados que puedan generar las instituciones creadas anteriormente.
4) Se preocupan particularmente en integrar los análisis institucionales
con la contribución que otros factores puedan hacer a los resultados de
las políticas; o, en palabras de Hall y Taylor (1996, p. 10), las ubican en
una “cadena causal que deja un rol a otros factores”, como el desarrollo
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La incorporacion de eleciones internas abiertas bajo la lógica de “dos institucionalismos
económico, la difusión de ideas o la cultura. Es por ello que “raramente se
enfocan en un solo lugar institucional u organizacional”, sino que “anali-
zan cómo los grupos de organizaciones e instituciones se relacionan unos
con otros y dan forma a los procesos o resultados de interés” (Pierson y
Skocpol, 2008, p. 20).
Es así que, desde este enfoque, el rol de las instituciones es el de con-
gurar las estrategias y los objetivos de los actores y mediar en las relaciones
entre ellos, mientras que generan una distribución de poder particular (Zur-
briggen, 2006, p. 70). Las instituciones, siguiendo a la autora, surgen en un
contexto político, social e histórico concreto y ganan una forma particular a
partir de su desarrollo a lo largo del tiempo. Es por ello que, en línea con e-
len (1999, pp. 378-379) podríamos decir que tienen una visión más histórica
de las instituciones: el legado institucional que generan (del modo señalado
anteriormente, respecto al énfasis en el path dependence) gobierna el com-
portamiento político, y esto solo puede observarse a lo largo de la evolución
histórica (Zurbriggen, 2006, p. 70). Es por ello que podemos inferir que las
modicaciones en las instituciones resultan difíciles, cuando no resulta difícil
explicar dicho cambio (Acuña y Chudnovsky, 2013, p. 67).
La formulación de hipótesis y explicaciones para el institucionalismo his-
tórico es inductiva: parten de eventos observados o bien de comparaciones
para desarrollar teoría a partir de ellos (Thelen, 1999, p. 373), y formulan ex-
plicaciones a partir de un análisis histórico que les permite elaborar “cadenas
causales”, las que en última instancia terminan por formar la teoría. Es en
este análisis histórico donde el institucionalismo les asigna un rol central a
las instituciones por sobre los actores, y, en palabras de Acuña y Chudnovsky
(2013, p. 67), “cuando el planteo teórico se convierte en explicación causal
(…) las instituciones lo explican prácticamente todo”. Es el devenir histórico
de estas instituciones, contextualizadas en determinados tiempos, culturas, e
ideas, lo que explica el comportamiento de los actores a partir de los límites
que las mismas representan para su acción.
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Domínguez Sardou
Los dos institucionalismos frente a la incorporación de internas
abiertas obligatorias
A partir de lo señalado en la primera sección del presente trabajo, resulta
pertinente indagar cómo se puede dar una respuesta teórica a la pregunta
planteada respecto a por qué algunos Estados incorporan procesos de elec-
ciones internas abiertas para seleccionar a sus candidatos a cargos públicos.
Esta pregunta adquiere relevancia, ya que si bien la existencia de elecciones
primarias o elecciones internas partidarias como método de selección de
candidaturas se encuentra estudiado (baste señalar como ejemplos de ello a
Rahat y Hazan [2001] como marco analítico general, Ware [2018] en cuan-
to a elecciones primarias; o Alcántara Sáez [2002] y Freidenberg [2003] en
cuanto a elecciones internas) no suele ser analizado desde la perspectiva de
su obligatoriedad. Adriana Gallo, particularmente a partir de su señero libro
Internas abiertas y representatividad democrática (2011) comienza a indagar
sobre el rol de las internas abiertas en particular y la discusión respecto al
carácter obligatorio surge a partir del trabajo de Altman (2012), y es pro-
fundizado por Gallo (2018). Sin embargo, ambos trabajos enfatizan en las
consecuencias de la incorporación de elecciones internas abiertas reguladas
por el Estado —ya sea en el comportamiento electoral, como en el estudio
de Altman, o en el funcionamiento partidario, como en el estudio de Gallo
(2018) —, pero no indagan sobre las causas que llevan a la reforma de las
reglas electorales aunque, como se señaló en la primera sección, esbozan un
análisis contextual en el cual se implementaron estas modicaciones institu-
cionales: mientras que Altman (2012) considera a la existencia de elecciones
primarias como un elemento dado que le permite analizar los efectos de las
mismas en el desempeño y comportamiento electoral en las elecciones ge-
nerales, Gallo (2018) analiza la relación entre los objetivos buscados por los
promotores y el resultado.
La perspectiva del “institucionalismo de la elección racional” nos permi-
te analizar y dar una serie de potenciales respuestas tentativas respecto a las
causas de incorporación de las elecciones internas abiertas al conjunto de re-
glas electorales de Argentina y Uruguay. En los dos casos analizados, resulta
factible llevar adelante una explicación basada en actores: son determinados
actores los que, ante ciertas coyunturas, en función de un cálculo estratégico
concreto deciden impulsar las reformas al contexto institucional. En el caso
33
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La incorporacion de eleciones internas abiertas bajo la lógica de “dos institucionalismos
uruguayo, la amenaza de perder el poder a manos del Frente Amplio —en
función de resultados electorales anteriores— llevó a los partidos tradiciona-
les a pactar una serie de reformas, y, a la vez, el Frente Amplio respalda estas
reformas ante el riesgo de asumir por primera vez la presidencia en minoría
(Alles, 2012, p. 129). En el caso argentino, por su parte, la decisión por parte
del ocialismo de impulsar una reforma a las reglas electorales se ve “en
un momento en el que (…) perdía aliados y declinaba en popularidad”, y se
realiza para dar “uidez al juego político” y disminuir “la capacidad opera-
tiva de sus rivales” (Gallo, 2018, pp. 38-39). En este sentido, es el cálculo
estratégico —la perspectiva de resultados en un futuro, bajo cierta incerti-
dumbre—, en instancias en las que los individuos actúan para maximizar
el logro de sus propias preferencias, pero constreñidos por la acción de los
demás, la que podría servir como explicación teórica que sostenga la causa
de incorporación de las elecciones internas abiertas en el conjunto de reglas
electorales. Asimismo, y dados estos antecedentes, resulta evidente que es-
tas instituciones resultarían funcionales a los actores facilitando el acuerdo
voluntario entre las partes, como se señaló anteriormente respecto al caso
uruguayo.
Las debilidades características del “institucionalismo de la elección racio-
nal” (Acuña y Chudnovsky, 2013, pp. 49-50, 65-66) se siguen observando en
esta explicación: solamente estamos analizando a la incorporación de estas
reglas como una consecuencia de la conducta de los actores que nalmente
deciden la incorporación de las reglas; también estamos considerándola una
consecuencia de la maximización de utilidades en función de una decisión
calculada (concretamente, retener el poder o evitar malos resultados electo-
rales y sus consecuencias, como en el caso del potencial gobierno en minoría
para el Frente Amplio), mientras que no tiene en cuenta ni la evolución histó-
rica que concluye en la modicación de las reglas, así como tampoco al con-
icto inherente a las mismas. Asimismo, también una debilidad observada es
lo que Acuña y Chudnovsky denominan funcionalismo: “las instituciones y
las conductas se desarrollan en un proceso histórico ‘eciente’ que responde a
necesidades colectivas. En el caso de la aplicación de estas normas, asumiría
que las mismas se modicaron con un pleno acuerdo de los actores, dado
que daban lugar a un nuevo equilibrio. La evidencia empírica en ambos ca-
sos (concretamente, el rechazo por parte de un grupo importante del Frente
Amplio a la reforma constitucional en Uruguay [Lauga, 1997, pp. 62-63]; y
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Domínguez Sardou
el rechazo de una cantidad no menor de diputados3 y senadores4 al proyecto
de ley que impulsaba las internas abiertas obligatorias en Argentina) mues-
tra que el proceso no responde a necesidades colectivas, y no está exento de
conictividades.
El institucionalismo histórico podría brindar otra respuesta más acabada
al respecto a la hora de analizar la pregunta de investigación planteada. La
dinámica de retroalimentación dentro del sistema político resulta a simple
vista pertinente para dar respuesta a la pregunta. En el caso uruguayo, como
bien ilustran Altman (2012, p. 838) y Alles (2012, pp. 124-131), el cambio de
las reglas electorales en Uruguay puede ser comprendido como una “evolu-
ción” del orden constitucional y del sistema partidario uruguayo, del mismo
modo que puede. La crisis del modelo económico y social del batllismo en
la década del 60, acompañada de un sistema electoral que incluía al doble
voto simultáneo como herramienta central para contener la fragmentación
partidaria, llevó a fuertes tensiones que dieron lugar al surgimiento de una
coalición de izquierda en el sistema partidario. Es así como, a partir de la per-
formance electoral ascendente del “Frente Amplio” podemos entender que la
incorporación de las elecciones internas resultan —en palabras de Altman—
una herencia natural del sistema anterior”. En el caso argentino, por su parte
podemos observar la intención de los actores de regular los mecanismos de
selección de candidaturas para limitar el margen de maniobra de las disiden-
cias dentro del peronismo (Domínguez Sardou, 2015a) y de los opositores
en general (Gallo, 2018), pero la misma se ancla en la evolución histórica del
sistema partidario argentino. Siguiendo a Mustapic (2013, p. 250), el sistema
partidario argentino se caracteriza por una cierta fragmentación, donde “la
combinación de reglas y jurisprudencia que regula los partidos y algunos as-
pectos del proceso electoral, contiene incentivos particularistas y localistas,
y dentro de ello encontramos, siguiendo a Galván (2009, 2010), que las disi-
dencias peronistas manifestadas en listas distintas del sello partidario ocial,
resultan una de las principales fuentes de la fragmentación partidaria desde
3
Serra, Laura (2009). “Diputados aprobó la reforma política. En: La Nación. Disponible en:
https://www.lanacion.com.ar/politica/diputados-aprobo-la-reforma-politica-nid1201567
(Última vez consultado, 30 de diciembre de 2022)
4
“El Senado aprobó la reforma política: habrá internas abiertas para Presidente” En: La Po-
lítica Online. Disponible en: https://www.lapoliticaonline.com/nota/nota-61928/ (Última vez
consultado, 30 de diciembre de 2022)
35
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La incorporacion de eleciones internas abiertas bajo la lógica de “dos institucionalismos
1983. Desde esta perspectiva, podríamos sostener que la incorporación de
elecciones internas abiertas en el entramado institucional electoral es conse-
cuencia del devenir institucional del ocialismo: ante una derrota electoral a
manos de una disidencia partidaria, y dado el contexto regional donde refor-
mas similares se desarrollaron para contener la fragmentación al interior de
los partidos y aumentar el costo de acceso de terceras fuerzas al poder (Ga-
llo, 2018, pp. 40-44), son las mismas instituciones —insertas en un devenir
histórico concreto— las encargadas de moldear los comportamientos de los
actores que llevan a la reforma de las reglas electorales.
Sin embargo, esta explicación cuenta con una debilidad fundamental. No
nos permite explicar el rol y la capacidad de los actores. Al enfocarse central-
mente en las instituciones y en su recorrido histórico, no nos permite explicar
las causas del consenso en torno a la modicación de normas observado en el
caso uruguayo, ni cómo es que la aplicación de la reforma institucional tiende
a reducir incertidumbres (Zurbriggen, 2006, p. 71). Por otra parte, el institu-
cionalismo histórico presenta dicultades para poder explicar el cambio ins-
titucional: bajo esta premisa teórica, las instituciones tienden a sobrevivir ya
que los actores, por el set de incentivos que generan las instituciones ya esta-
blecidas, van a buscar la supervivencia de las mismas. ¿Por qué los reformistas
electorales van a buscar modicar las reglas por las que llegaron al poder y/o
a puestos de representación? Una posible respuesta sería la búsqueda de su-
pervivencia de otras instituciones en las que se inserten las reglas electorales,
y de los actores que se benecian del entramado institucional. Sin embargo,
esto no logra explicar el mecanismo causal que dispara los procesos de ne-
gociación y los acuerdos necesarios, incluso cuando algunos grupos ganen y
otros pierdan con la resultante de la negociación, en línea con lo planteado
por este enfoque.
Conclusión: Analizar el cambio de reglas desde el “institucionalismo de
la elección racional”
A la luz de lo analizado hasta aquí, el “institucionalismo de la elección
racional”, pese a sus debilidades, resulta más adecuado para dar una respues-
ta a la pregunta de investigación. En los dos casos nacionales trabajados,
si bien las reformas a las reglas electorales se insertan en un determinado
contexto histórico, social, económico y cultural, y uno puede analizar el rol
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Domínguez Sardou
de la fragmentación al interior de los partidos y cómo la incorporación de las
internas abiertas obligatorias busca contenerla, resulta evidente que los acto-
res tuvieron un rol trascendente en su conguración. Tanto la reforma cons-
titucional uruguaya de 1996, como la incorporación en Argentina de la ley
26.571 en 2009, surgen a partir de una falla o “shock externo” (la elección
de 1994, donde el Frente Amplio estuvo al borde de ganar las elecciones; y la
elección legislativa de 2009, donde el Frente para la Victoria pierde a manos
de una disidencia). En ambos casos, las reglas preestablecidas no lograban
resolver problemas de coordinación (particularmente, la fragmentación al
interior de los partidos, que en el caso uruguayo se manifestaba en el Doble
Voto Simultáneo; y en el caso argentino, en la existencia de disidencias en el
peronismo que “compiten por afuera”). En ambos casos, son los ocialismos
que, en función de comportamientos esperados de los actores (basados en
resultados electorales anteriores y de las consecuencias que en teoría impli-
caría la aplicación de las nuevas normas) comienzan una negociación que
lleva como resultado político la aplicación de las nuevas normas.
Asimismo, el enfoque del “institucionalismo de la elección racional” re-
sulta pertinente por cómo surge la pregunta de investigación. La misma se
origina a partir de una observación empírica (la particularidad de las normas
argentinas y uruguayas), lo que lleva a indagar los elementos en común. Asi-
mismo, también las preferencias (en línea con lo planteado por elen, 1999,
p. 375) surgen de manera exógena (por los resultados electorales que ponían
en riesgo la supervivencia en el poder de los gobernantes). Asimismo, tam-
bién el carácter “funcional” de las instituciones —en este caso, reglas electo-
rales— resulta relevante para darle un mayor respaldo al argumento teórico:
la incorporación de elecciones internas abiertas obligatorias al conjunto de
reglas electorales serviría para resolver problemas de coordinación al interior
de los partidos y, asimismo, para elevar los costos de acceso de partidos de
oposición al gobierno.
Las debilidades de este enfoque teórico no dejan de estar presentes. Si
bien el “institucionalismo de la elección racional” asume que las preferen-
cias son estables (Acuña y Chudnovsky, 2013, p. 66), las mismas en realidad
en ambos casos han sido moldeadas por el “contexto estratégico” en el que
se sitúan: ante la posibilidad dada por las instituciones preexistentes —es
decir, los condicionamientos—, los actores involucrados buscan su modi-
cación para mejorar su situación. Las críticas respecto a la “eciencia” del
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La incorporacion de eleciones internas abiertas bajo la lógica de “dos institucionalismos
proceso histórico no son desestimadas: la potencia explicativa de la visión
racionalista disminuye cuando consideramos que, en realidad, en estos ca-
sos, no hubo un “acuerdo voluntario entre las partes”. Son las reglas preexis-
tentes, y los contextos en que habitan (Zurbriggen, 2006, p. 81), los límites
que ponen de maniesto esta crítica: tanto en el caso uruguayo como en el
argentino las reglas electorales se modicaron en pleno cumplimiento de las
normas preexistentes, independientemente del nivel de acuerdo que tuviera
el conjunto de nuevas reglas electorales.
En síntesis, si bien la explicación utilizada como referencia se enmarca de
manera central bajo el “institucionalismo de la elección racional, en algún
aspecto podría ser considerada como una border crosser al estilo mencionado
por elen (1999, p. 370). Si bien parte de premisas centrales del “institu-
cionalismo de la elección racional”, las decisiones estratégicas de los actores
que impulsan las modicaciones de las reglas, no pueden ser comprendidas
sin hacer un análisis del contexto y la evolución histórica, no solo de las re-
glas e instituciones, sino también de la evolución de los sistemas partidarios.
Un elemento presente en prácticamente toda la bibliografía analizada sobre
los casos nos marca la fragmentación al interior de los partidos ocialistas
al momento de impulsar el cambio de reglas electorales como un elemento
central en las discusiones. No obstante, seguimos enmarcando la explicación
en la esencia del “institucionalismo de la elección racional”: incluso, cuan-
do el contexto histórico y la evolución institucional previa tiene un rol en la
evolución de las reglas electorales, todo pareciera indicar que es el compor-
tamiento estratégico de los actores el que guía a una modicación del mar-
co institucional, de manera tal que las instituciones se convierten en medios
para lograr sus nes, mientras que condicionan el comportamiento de los
actores para su acción.
No obstante, esto está lejos de ser una armación denitiva. Queda la
posibilidad de modicar la pregunta inicial: ¿acaso el conjunto de reglas
institucionales previas a la reforma no contenía “las semillas de su propia
destrucción”? Esta nueva pregunta nos llevaría a realizar un análisis de corte
más histórico, a reanalizar el rol del contexto y la evolución institucional, y
a preguntarnos de manera “histórica comparada” sobre las causas que lle-
van a que el entramado partidario y de reglas electorales en los dos casos
concretos adquiera a lo largo del tiempo determinados formatos, y, de este
modo, funcione como “un método para procesar conictos”, como planteaba
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Domínguez Sardou
Przeworski (2019). La falta de aceptación de las reglas por todos los actores
en el proceso nos genera una limitación a la pregunta. Dicho de otro modo,
aunque hayamos planteado una pregunta que pueda ser analizada bajo una
perspectiva teórica concreta —en este caso, el “institucionalismo de la elec-
ción racional” —, este interrogante y su respuesta no alcanzan para analizar
de manera acabada el problema de investigación.
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