Cuaderno de Ciencias Humanas 4 (junio 2024) 127-135
El desafío de la integración: el papel del
derecho al desarrollo en las áreas rurales
e challenge of integration: the role of the right
to development in rural areas
Luigi Pisoni
Universidad del Norte Santo Tomás de Aquino
lpisoni@unsta.edu.ar
ORCID: https://orcid.org/0009-0002-8974-4112
Resumen: El derecho al desarrollo forma parte
plenamente de los derechos humanos reconoci-
dos como tales desde hace más de tres décadas.
Con esta expresión se indica una suerte de de-
recho global que dene, desde una perspectiva
territorial, un nivel alto de satisfacción de los
principales derechos humanos a benecio de
una población o un grupo de personas, con un
enfoque particular en los derechos económicos,
sociales y culturales (DESC). En este trabajo he-
mos dedicado una atención especial a las normas
que regulan la política agrícola en la Argentina,
debido al amplio impacto que las medidas pú-
blicas para el desarrollo rural pueden generar en
vista de un pleno respeto de los mencionados
derechos. Los DESC están protegidos mediante
instrumentos legales internacionales que abarcan
una amplia gama de situaciones relacionadas con
temas como la alimentación, la protección so-
cial, el acceso a la educación y la vida cultural, así
como la capacidad de ejercer un trabajo digno. En
esta perspectiva, una política agrícola coherente,
acompañada por una mirada estratégica de largo
plazo, puede cumplir con un papel fundamental
respecto al objetivo de garantizar concretamente
el derecho al desarrollo de las áreas rurales y, más
en general, de las zonas desfavorecidas del país.
Abstract: e right to development has
been fully integrated into the recognized
human rights for over three decades. is
expression indicates a sort of global right
that denes, from a territorial perspecti-
ve, a high level of fulllment of main hu-
man rights for the benet of a population
or group of people, with a particular focus
on economic, social, and cultural rights
(ESCR). In this work a special attention
has been given to the norms that regulate
agricultural policy in Argentina, due to the
wide impact that public measures for ru-
ral development can have in view of a full
respect of the above mentioned rights. e
ESCR are protected through international
legal instruments that cover a wide range
of situations related to issues such as food,
social protection, access to education and
cultural life, as well as the ability to enga-
ge in dignied work. In this perspective, a
coherent agricultural policy, together with
a long-term strategic vision, can play a fun-
damental role in ensuring concretely the
right to development of rural areas and,
more generally, of disadvantaged areas of
the country.
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Luigi Pisoni
El derecho al desarrollo como derecho global
El derecho al desarrollo forma parte plenamente de los derechos huma-
nos reconocidos como tales desde hace más de tres décadas. Con esta expre-
sión se indica una suerte de derecho global que dene, desde una perspectiva
territorial, un nivel alto de satisfacción de los principales derechos humanos
a benecio de una población o un grupo de personas, con un enfoque parti-
cular en los derechos económicos, sociales y culturales (DESC).
Analizando este campo de estudio, hemos dedicado una atención especial
a las normas que regulan la política agrícola en la Argentina, debido al amplio
impacto que las medidas públicas para el desarrollo rural pueden generar en
vista de un pleno respeto de los mencionados derechos.
En este contexto, el derecho al desarrollo proporciona un cuadro de refe-
rencia en el cual es posible determinar el nivel de tutela que las políticas pú-
blicas y las demás iniciativas institucionales pueden garantizar en términos
de tutela de los derechos económicos, sociales y culturales. Los DESC, tam-
bién llamados derechos humanos de segunda generación1, están protegidos
mediante instrumentos legales internacionales que abarcan una amplia gama
de situaciones relacionadas con temas como la alimentación, la protección
social, el acceso a la educación y la vida cultural, así como la capacidad de
ejercer un trabajo digno.
1
Los DESC son denidos derechos de segunda generación para diferenciarlos de los derechos
civiles y políticos, que se consideran como derechos humanos de primera generación. Como
aclara De Stefani (2009), los DESC apuntan a generar las condiciones más idóneas para una
igualdad efectiva entre los ciudadanos. A este propósito, el mencionado autor señala que existe
también una tercera generación de derechos humanos, entre los cuales se incluyen el derecho
a la paz y a un ambiente salubre. Existirían también «derechos de cuarta generación, a los que
a veces se les atribuye el derecho a la comunicación o que incluirían los derechos humanos
relacionados con las biotecnologías, en particular con la genética humana» (texto original en
italiano: «diritti di quarta generazione, a cui viene ricondotto talvolta il diritto di comunica-
zione o che comprenderebbero i diritti umani connessi alle biotecnologie, in particolare alla
genetica umana»). Dichos conceptos se encuentran analizados en: De Stefani, P. (2009). Diritti
umani di terza generazione. Rivista Aggiornamenti sociali,1, 21, p.12.
Palabras clave: derecho al desarrollo, dere-
chos económicos, sociales y culturales, áreas
rurales, desarrollo territorial integral, política
agrícola.
Keywords: right to development, econo-
mic, social, and cultural rights, rural areas,
integrated territorial development, agricul-
tural policy.
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El desafío de la integración: el papel del derecho al desarrollo en las áreas rurales
Tales instrumentos legales, como veremos, se sustentan principalmente
en documentos ociales y declaraciones de Naciones Unidas y otros orga-
nismos internacionales. De todos modos, a la hora de analizar la relación
profunda existente entre el concepto de dignidad y los principales derechos
humanos es fundamental recordar que esa misma dignidad es atribuida al ser
humano como consecuencia directa de su condición de persona, por lo cual
«se encuentra desvinculada de factores externos y es poseída por cualquier
ser humano independientemente de su manera de obrar o pensar o de su
situación económica y social»2 (Condrac, 2022).
El desafío de la integración en el mundo rural
Entre los aspectos más relevantes que se reeren a las dinámicas económi-
cas y sociales propias de las áreas rurales no podemos soslayar la importancia
de lograr la mayor integración posible entre los actores que viven y trabajan
en ellas3.
Este tema es objeto de una consideración amplia y profunda en el marco
de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campe-
sinos y de Otras Personas que Trabajan en las Zonas Rurales (2018), que en
su art. 9 arma lo siguiente respecto a la libertad de asociación en el contexto
rural:
Los Estados adoptarán medidas apropiadas para fomentar la funda-
ción de organizaciones de campesinos y de otras personas que trabajan
en las zonas rurales, como sindicatos, cooperativas u otras organiza-
ciones, en particular con miras a eliminar los obstáculos a su funda-
2
A la perspectiva antropológica citada en el texto la autora agrega unas consideraciones adi-
cionales, señalando que «desde una concepción teológica la dignidad del ser humano es una
consecuencia de su condición de ser creado a imagen de Dios». A este propósito Juan Pablo II,
en la exhortación apostólica Christideles laici (n.5), enseña que «cuando no es reconocido y
amado en su dignidad de imagen viviente de Dios, el ser humano queda expuesto a las formas
más humillantes y aberrantes de instrumentalización».
3
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), con el objetivo
de denir el carácter rural de un área geográca, emplea principalmente el criterio de la den-
sidad de población, deniendo como rurales las unidades territoriales con una densidad me-
nor a 150 habitantes por kilómetro cuadrado. Según la CEPAL, la Comisión Económica para
América Latina (organismo dependiente de Naciones Unidas), se consideran como rurales las
áreas con prevalencia de asentamientos con una población menor a 2000 habitantes.
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ción, a su crecimiento y al ejercicio de sus actividades lícitas, como
toda discriminación legislativa o administrativa que afecte a dichas
organizaciones y a sus miembros, y les proporcionarán apoyo para for-
talecer su posición en la negociación de arreglos contractuales a n de
que las condiciones y los precios estipulados sean justos y estables y no
vulneren sus derechos a la dignidad y a una vida decente (art. 9, inc. 3).
En este artículo las Naciones Unidas apuntan a fortalecer el asociacionis-
mo rural en su dimensión tanto sindical como cooperativa, con la conciencia
de que se trata de una cuestión respecto a la cual muchos países se encuen-
tran en situaciones problemáticas, frente a la dicultad objetiva de impulsar
el surgimiento de organizaciones capaces de contribuir a una genuina defen-
sa de los derechos e intereses de los agricultores.
Por este conjunto de razones el derecho al desarrollo adquiere una im-
portancia particular en su carácter de derecho-síntesis que «se alcanza con la
plena satisfacción de los derechos humanos, vistos en su interdependencia, o
sea, tanto con la realización de las libertades básicas como con la de los dere-
chos económicos, sociales y culturales» (Herreño Hernández, 2009, p. 282).
El rol de la política agrícola como parte de la estrategia
pública de garantía de los derechos humanos
Antes de analizar las características principales de las normas argentinas
vigentes para el sector agropecuario, puede resultar útil evidenciar en térmi-
nos generales la función de algunas de las herramientas propias de las polí-
ticas agrarias con referencia a la posibilidad de alcanzar un mayor o menor
grado de protección del derecho al desarrollo y de los derechos económicos,
sociales y culturales de la población de las zonas rurales.
Por un lado, es correcto armar que el fortalecimiento de la econoa agra-
ria en su globalidad puede considerarse como una de las condiciones esenciales
para garantizar algunos derechos fundamentales, como el derecho a condicio-
nes adecuadas de trabajo y vivienda, el acceso a un nivel mínimo de recursos
existenciales y el derecho a una alimentación suciente y saludable.
Por otro lado, uno de los aspectos que se destacan en el marco de las po-
líticas agrarias de los países más avanzados son las medidas institucionales
que impulsan las actividades formativas para el desarrollo profesional de los
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El desafío de la integración: el papel del derecho al desarrollo en las áreas rurales
empresarios, productores y trabajadores del sector agropecuario. Estas herra-
mientas proporcionan un soporte relevante en lo que se reere a la defensa
de algunos de los DESC reconocidos por el Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas de 1966, entre los
cuales cabe mencionar el derecho a la educación y el acceso a una vida cultu-
ral plena y a los resultados del progreso cientíco4.
Uno de los modelos de política agrícola más avanzado a nivel internacio-
nal en lo que se reere a la garantía del derecho al desarrollo de los territo-
rios social y económicamente desfavorecidos es representado por la Política
Agrícola Común (PAC) de la Unión Europea, en la medida en que impulsa
acciones dirigidas a estimular el empleo, la seguridad alimentaria, la forma-
ción, el surgimiento de nuevos emprendimientos y la inclusión social en las
áreas rurales. En el marco de estas líneas de acción la Unión Europea inclu-
ye un fuerte apoyo a la formación de organizaciones de productores y otras
tipologías de asociaciones rurales con el n de promover un alto nivel de
integración entre los habitantes de las áreas rurales.
El derecho al desarrollo y los derechos económicos,
sociales y culturales en las áreas rurales argentinas
Si bien el sector agropecuario desempeña un papel clave en el marco de
la economía argentina, uno de los aspectos que más se perciben a la hora de
analizar las tendencias de las políticas públicas para las zonas rurales en las
últimas décadas reside en la dicultad de detectar un modelo unívoco de po-
lítica de desarrollo rural que pueda considerarse coherente y de largo plazo5.
4
El art. 6.2 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Na-
ciones Unidas (aprobado el 16 de diciembre 1966) dispone que «Entre las medidas que habrá
de adoptar cada uno de los Estados Partes en el presente Pacto para lograr la plena efectividad
de este derecho deberá gurar la orientación y formación técnico-profesional, la preparación
de programas, normas y técnicas encaminadas a conseguir un desarrollo económico, social y
cultural constante y la ocupación plena y productiva, en condiciones que garanticen las liber-
tades políticas y económicas fundamentales de la persona humana».
5
El sector agropecuario desarrolla un papel central en la economía argentina, teniendo en
cuenta que representa el 7,5 % del producto interno bruto del país y el 5,4 % de la mano de
obra privada registrada regularmente. Asimismo, si consideramos el dato que se reere al in-
greso de divisas extranjeras generado en el país por las exportaciones de productos del sector,
éste supera el valor de 36.000 millones de dólares anuales. A este propósito, se puede consultar:
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Luigi Pisoni
Teniendo en cuenta esta dicultad interpretativa de base, es oportuno
preguntarnos si las normas de política agrícola implementadas por el Estado
argentino pueden ser consideradas efectivas respecto a la nalidad de garan-
tizar una amplia protección de los DESC en las zonas rurales del país.
En términos de impacto general de las normas que impulsan el desarrollo
rural en el país, es útil mencionar que, de un total de poco menos de 250.000
explotaciones agrícolas identicadas por el último Censo Nacional Agrope-
cuario, llevado a cabo en el período 2018-2019, menos de 13.000 habían par-
ticipado activamente en al menos un programa público para el sector agrario
en el período de un año. Esto demuestra que la proporción de las unidades
productivas agropecuarias argentinas involucradas en programas de desarro-
llo rural –independientemente de su dimensión– alcanza sólo el 5% del total.
Asimismo, se releva que los limitados recursos aplicados a políticas de
desarrollo para las áreas rurales se reparten en un gran número de progra-
mas identicados por medio de una multiplicación administrativa de siglas
(PRODAF, PROVIAR, PRODERPA, PROCAL, PROSAP, PRODERNOA,
PROINDER, etc.). Tales programas no resultan unicados en una planica-
ción estratégica global y, además, se encuentran dirigidos en mayor medida a
paliar –desde una perspectiva asistencialista– las dicultades contingentes de
algunos grupos familiares rurales que viven en condiciones de subsistencia,
sin aspirar a favorecer procesos de desarrollo a gran escala.
Entre los aspectos que se descuidan en la política argentina de desarro-
llo rural se encuentra también la formación profesional que, como hemos
mencionado, es un pilar fundamental para la garantía de algunos derechos
fundamentales en las zonas rurales a nivel internacional6.
Las múltiples debilidades que afectan las políticas públicas implementadas
en las áreas rurales hacen que en ellas no se encuentren garantizadas –desde
una perspectiva de análisis de las herramientas brindadas por las institucio-
nes nacionales y locales– las condiciones mínimas de tutela del derecho al
Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación. (2020). Programa de Desarrollo
Rural y Agricultura Familiar (BID 2470/OC- AR), p. 5.
6
Según el último Censo Nacional Agropecuario (2018-2019), sólo el 7,8 % de los propietarios
o copropietarios de empresas agrícolas tiene una formación comprobada en el ámbito agríco-
la. Más en general, sólo el 9,6 % de los productores poseen un título universitario, el 32,5% tie-
nen un título de educación secundaria o terciaria, mientras que el 51,1 % solo tienen un título
de educación primaria (la parte restante de los productores no ha completado la educación
primaria o posee un nivel de educación no identicable).
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El desafío de la integración: el papel del derecho al desarrollo en las áreas rurales
desarrollo y de los DESC en una parte relevante de aquellas áreas, aunque en
algunos casos se pueden detectar algunas iniciativas exitosas impulsadas por
entidades asociativas o gubernamentales en contextos territoriales limitados.
Nuevas posibles directrices de desarrollo
para las áreas extraurbanas argentinas
El breve análisis que hemos realizado sobre las oportunidades de desarro-
llo de las áreas rurales argentinas, tomando como referencia el binomio entre
política agrícola y promoción de los derechos humanos «de segunda genera-
ción», nos remite necesariamente a la tarea de individualizar algunas posibles
directrices de crecimiento y transformación de dichos contextos.
Como hemos observado, un punctum dolens fundamental se encuentra
actualmente en el décit estratégico que es propio de la política agrícola ar-
gentina, siendo un aspecto que merecería un amplio debate social e institu-
cional. Además de la escasa dotación de recursos aplicados a las políticas de
desarrollo rural y a la proporción muy reducida de beneciarios, la política
argentina para el sector agropecuario reeja una yuxtaposición de medidas
coyunturales y no se encuentra estructurada alrededor de una visión estra-
tégica que proceda de un análisis previo basado en objetivos, indicadores y
precisos criterios de acción.
Por estas razones, entre las líneas de acción que se deberían adoptar prio-
ritariamente se releva la necesidad de construcción de una gobernanza sisté-
mica en lo que respecta a las políticas públicas para los sectores productivos
propios de las áreas periurbanas y rurales. Eso implicaría la programación
de un conjunto de acciones coordinadas que puedan potenciar el sector ru-
ral argentino, tanto en su tradicional vocación agroexportadora como en su
posibilidad de generar desarrollo local a través de pymes y de microempren-
dimientos. Una manera racional de acercarse a este macro objetivo, como de-
muestran exitosas experiencias de otros países (en particular, el mencionado
modelo de la Unión Europea), consistiría en la predisposición e implemen-
tación de planes plurianuales de soporte a las iniciativas de política agrícola,
diferenciando oportunamente las erogaciones para inversiones estructurales
respecto a las ayudas o subsidios con un mero enfoque social.
Otro aspecto esencial que se debería tener en cuenta para generar con-
diciones básicas adecuadas para la garana de los DESC en las áreas rurales
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Luigi Pisoni
se vincula con las características sociales del trabajo y su impacto potencial
en términos de desarrollo productivo. A este propósito resultaría esencial
la adopción de un conjunto orgánico de medidas que puedan favorecer el
asentamiento de jóvenes en la agricultura y otras actividades que tengan una
conexión con la dimensión territorial de las áreas desfavorecidas. El creci-
miento y la consolidación del capital humano en el sector agrícola pueden
ser considerados como un eje fundamental en el marco de un proceso de de-
sarrollo de mediano y largo plazo de las áreas rurales, debido a la posibilidad
de promover por este medio un aumento progresivo en la tasa de emprendi-
miento en el mundo rural.
Asimismo, resultaría crucial fomentar grados siempre mayores de forma-
ción de los operadores rurales y ofrecer oportunidades de asesoramiento que
permitan mejorar el rendimiento de micro, pequeñas y medianas empresas.
Estas herramientas de política agraria, lejos de implicar costos remarcables
para el erario público, podrían implicar avances signicativos en el contexto
socioeconómico actual de la Argentina, mejorando las condiciones de vida
y trabajo en el campo y sentando las bases para un aumento de las rentabi-
lidades de las actividades productivas y de servicio implementadas en áreas
desfavorecidas.
Conclusiones
Del breve análisis que hemos realizado surge evidentemente la necesidad
de cambios profundos en la política agrícola argentina como condición esen-
cial para alcanzar en las áreas rurales argentinas un mayor nivel de protección
de los DESC, enmarcados a su vez en un más extenso derecho al desarrollo.
Formación, innovación y crecimiento del capital humano son aspectos
determinantes de una posible futura política agrícola más ecaz en vista de
una mejora concreta de amplias áreas del país, consideradas en la actualidad
como marginales.
Un correlato indispensable de los procesos que podrían situarse en esta
perspectiva proviene sin duda de las políticas de integración entre producto-
res, empresas de transformación y comercialización, actores institucionales y
otros stakeholders que operan en distintas etapas de las cadenas productivas.
En este contexto, tal como se indica en la Declaración de la ONU sobre los
Derechos de los Campesinos de 2018, impulsar la libertad de asociación y el
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El desafío de la integración: el papel del derecho al desarrollo en las áreas rurales
espíritu cooperativo en las zonas rurales será fundamental a  n de crear un
entorno favorable para el desarrollo de territorios que podrán ser bene cia-
dos por un mayor nivel de protección de los derechos económicos, sociales
y culturales.
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